Els fills de mares a la presó


La majoria de les dones empresonades són mares.
Empresonar a una dona que és mare pot implicar no només la violació dels seus drets,sinó també dels dels seus fills. Quan una mare és empresonada, el seu nadó i / o nens petits poden viure a la presó amb ella o poden quedar-se 'fora' i viure separats d'ella. Les dues situacions
poden posar en risc als nens.

domingo, 6 de noviembre de 2011

El derecho de la madre a disfrutar de su hijo y ejercer su rol materno debe conjugarse con el derecho de los menores a una vida digna, a un desarrollo integral y a no sufrir las condiciones estrictas de la privación de libertad. Este derecho de los menores está reflejado en las diferentes legislaciones penitenciarias, que 
regulan su proceso de ingreso y su seguimiento, pero no debemos olvidar que además está avalado por pactos y convenios internacionales como la Convención de los Derechos del Niño de la ONU. De este modo, las principales preocupaciones se han centrado en que disfruten de unas condiciones de internamiento adecuadas. En este sentido, tanto en España como en el resto de países estos niños residen
principalmente en tres dispositivos: 
• En primer lugar, en departamentos de mujeres situados en cárceles de hombres: esta modalidad se define como la menos apropiada porque conviven con otras mujeres que no tienen niños, la clasificación penal, por grado o edad es más heterogénea y el control y el régimen no están atenuados.  
• En segundo lugar en Unidades o módulos de madres dentro de prisiones de mujeres: estas unidades están separadas arquitectónicamente del resto de departamentos para facilitar un régimen de vida normalizado, en teoría cuentan con servicios médicos ginecológico y pediátrico y con un entorno y recursos apropiados para el descanso y juego. Asimismo en ellas: 
o Hay un centro de educación infantil para los más pequeños (en general de 0 a 3 años) y se intenta que los mayores asistan a una guardería externa. No obstante la planificación educativa de estos centros 
infantiles no está suficientemente regulada ni adaptada a las necesidades de estos niños y las características del contexto. 
o Suele elaborarse una programación específica de actividades formativas y lúdicas para la integración del niño en la comunidad (campamentos, salidas programadas de fin de semana, celebración de 
fiestas y cumpleaños…) 
o Finalmente, es posible llevar a cabo una mayor colaboración y participación de instituciones externas, por ejemplo mediante programas para desarrollar la relación madre-hijo y la personalidad del 
niño. 
• Por último y en el caso de mujeres clasificadas en tercer grado (semilibertad), los niños pueden residir en Unidades dependientes para madres. Éstas constituyen viviendas del entorno comunitario gestionadas conjuntamente por la prisión de referencia y una organización no gubernamental, con una convivencia que se basa en la confianza y autorresponsabilidad propias del régimen abierto. En estas Unidades Dependientes: 
o Se da un proceso dirigido a la plena integración laboral y escolar de las madres y los hijos y a normalizar las relaciones familiares. 
o Se enfatiza el entrenamiento de habilidades para la solución de problemas de la vida cotidiana. 
Por ello, es el mejor dispositivo para la reeducación y reinserción social de la madre y el desarrollo del niño, ya que hay una mayor participación en la comunidad, uso de los servicios sociales y educativos generales  y una intervención más individualizada. No obstante su número es muy reducido y los perfiles de entrada muy selectivos. Junto a estas tres modalidades de residencia, España introdujo en 1998 la experiencia 
innovadora de los Módulos de parejas. Esta modalidad da respuesta también al derecho de los padres en prisión a tener también con ellos a sus hijos. Así, se crearon para proteger los núcleos familiares y porque el desarrollo de la personalidad y la socialización tienen sus bases en la primera infancia, lo que aconseja el contacto con las pautas diferenciadas de conducta que representan los modelos del padre y la madre. Actualmente existe uno en la prisión de Aranjuez (Madrid) con capacidad para 336 parejas y una demanda importante, ya las parejas desean la convivencia y el apoyo mutuo junto a sus hijos. En síntesis, este módulo se define por: 
• Estar destinado a parejas ambos condenados y clasificados en 2º grado (régimen ordinario), que pueden tener consigo hasta 2 niños menores de 3 años. 
• No pueden acceder los condenados por delitos contra la libertad sexual o con 
antecedentes de violencia doméstica. 
• La selección es exhaustiva: existe una etapa de preconvivencia que dura entre 1 o 2 meses en la que se pone a prueba la relación. Durante este tiempo se les permite estar juntos dos horas al día tres días a la semana. 
• Hay un programa de formación para padres que incluye cursos sobre hábitos higiénicos y alimenticios y directrices sobre las distintas fases educativas del bebé. 
• Finalmente, ambos padres participan en las actividades educativas y trabajan en los servicios del centro o los talleres productivos, por lo que son remunerados.

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